Biblia de adopción – Guía para adoptar
Qué debo hacer para adoptar a un niño
Adoptar un niño es un acto que ha debido de pensarse mucho, pues hacer propio al hijo de otro no es fácil y las instituciones, tanto las españolas como las de los países de origen de los niños, deben asegurarse de que el niño al que se adopta va a vivir en un hogar en el que se le ofrezcan todas las garantías para que pueda crecer y desarrollarse de una forma sana. Dichas instituciones deben asegurarse de que la familia que se ofrece para adoptar disponga de los recursos emocionales, psicológicos y económicos suficientes para ofrecer un hogar seguro, estable y afectuoso al niño.
Adoptar en la Comunidad de Madrid
¿Dónde debo dirigirme para adoptar a un niño?
-Teléfono de adopciones de la Comunidad de Madrid: 91 580 34 64. Aquí le informarán de todos los pasos a seguir si usted quiere adoptar un niño en la Comunidad de Madrid.
-Dirección: Dirección General de la Familia y el Menor, calle Manuel de Falla 7, CP. 28036.
También puede presentarse en esta dirección si quiere comenzar un proceso de adopción de un menor.
Para poder adoptar en la Comunidad de Madrid es necesario cumplir una serie de requisitos legales que señalamos a continuación:
- Qué requisitos legales para adoptar un menor en la Comunidad de Madrid:
- Tener más de veinticinco años. En caso de pareja o matrimonio, es suficiente con que uno de ellos tenga esa edad.
- Diferencia de edad: entre el niño adoptado y la persona que le adopta tiene que haber 16 años de diferencia como mínimo y 45 como máximo. Si adopta una pareja, es suficiente con que el más joven de ellos tenga esa diferencia de edad con el menor.
- La diferencia de edad entre adoptante y adoptado puede ser mayor de 45 años si se ofrecen para grupos de hermanos o para adopciones con necesidades especiales.
Si se quiere adoptar a una persona mayor de edad o un menor emancipado, solo podrá hacerse si antes estuvo en acogimiento o viviendo de forma estable con la familia adoptante.
¿Hay algo que me impida adoptar a un niño?
Si, hay algunas circunstancias que impiden que se pueda adoptar a un niño:
- º No se puede adoptar a un descendiente.
- º No se pueden adoptar a parientes de la línea colateral por consanguinidad o afinidad, por ejemplo, no se puede adoptar a hermanos o nietos.
- º No se puede adoptar a un pupilo por su tutor.
- º No pueden adoptar niños personas que no estén unidas por matrimonio o sean parejas de hecho en conjunto, un niño no puede ser adoptado por dos personas que no tengan alguna de las relaciones mencionadas en este párrafo.
– Nadie podrá ser adoptado por más de una persona, salvo que estén unidas por matrimonio o parejas con análoga relación afectiva.
Estos requisitos varían en algunos aspectos de una comunidad a otra. A continuación, señalamos los pasos que hay que dar para adoptar deforma internacional a un niño en la Comunidad de Madrid:
Qué hay que hacer para adoptar a un niño en Adopción Internacional
Los pasos que hay que dar para una adopción internacional en la Comunidad de Madrid son los siguientes:
1.-Reunión informativa en la Dirección General de la Familia y el Menor.
Para ello llamar al 91 580 34 64 y pedir una cita. Esta cita es obligatoria para las personas que quieren adoptar a un niño por primera vez. En esta reunión se les entrega la documentación necesaria para adoptar a un niño, y en ella podrán resolver las dudas que tengan sobre el proceso o cualquier otra cuestión relacionada con la adopción.
2.- Formalización del ofrecimiento para adoptar a un menor. Hasta qué edad se puede adoptar.
Para adoptar a un menor procedente de Adopción Internacional, son necesarios los siguientes requisitos (algunos ya mencionados más arriba):
- Ser mayor de 25 años. Es suficiente con que tenga esta edad uno de los miembros de la pareja.
- Que haya una edad de diferencia entre el adoptado y el niño que se quiere adoptar de 45 años.
Es importante saber que para adoptar a un niño hay algunas circunstancias que hacen que la persona o pareja no sean idóneas. Estas circunstancias son:
-No vivir en la comunidad de Madrid.
– Ser mayor de 56 años. Se hace la media de los miembros de la pareja siempre que ninguno super los 60 años. Por ejemplo, una mujer de 58 años con una pareja de 52, tendrían una media de 55 años, por lo tanto, sí podrían adoptar a un niño, pero si uno tiene 62 y otro 45, aunque la media es de 53 años, no podrían adoptar a un niño porque uno de ellos es mayor de 60.
– si el ofrecimiento para adoptar lo hace una persona sola, debe haber transcurrido un año desde la separación o el divorcio.
– Tanto si se es matrimonio como pareja de hecho, deben poder demostrar la convivencia, al menos tres años antes de solicitar la adopción.
– Si ha habido vivencias traumáticas como pérdida de pareja o hijos u otros, debe transcurrir un año entre el hecho traumático y la solicitud de adopción.
– Debe transcurrir un año desde una adopción o nacimiento anterior a la solicitud de adoptar.
– No se puede presentar la solicitud para adoptar si se está sometiendo a cualquier tratamiento de reproducción asistida.
– No coincidir el solicitante de adopción con la unidad familiar real en la que se integrará el niño (se trata de una pareja y sólo lo solicita uno de ellos, o se trata de personas que no conviven y lo solicitan conjuntamente).
– No tener medios de vida estables y suficientes.
– Presencia de enfermedades mentales o físicas que impedirían el adecuado cuidado del menor adoptado.
– dependiendo del país, algunos de estos requisitos pueden cambiar.
-En algunos sólo pueden adoptar matrimonios, en otros también pueden adoptar parejas de hecho. Y sólo en algunos pueden adoptar solteros.
-En el caso de matrimonios o parejas de hecho, se exige un determinado tiempo de convivencia previo.
-El adoptante debe tener una edad mínima (entre 25 y 30 años según el país), y en algunos casos máxima (entre 50 a 60 según el país), y la diferencia de edad mínima con el adoptado varía también según los países (entre 15 y 25 años en general).
¿Qué documentación necesito para adoptar a un menor?
Si decide presentar una solicitud de adopción, éstos son los documentos que, en una primera fase de la tramitación, deberá presentar:
- Solicitud de apertura del expediente:
- Solicitud de días preferentes para el curso de formación:
Estos impresos deben ir acompañados de la siguiente documentación:
- Fotocopia compulsada de los Documentos Nacionales de Identidad.
- Fotocopia compulsada de los certificados literales original de la inscripción de nacimiento de quien o quienes formulan el ofrecimiento (Expedido por el Registro Civil del lugar de nacimiento).
- Fotocopia compulsada del certificado literal original de matrimonio o convivencia, según proceda (En caso de matrimonio, expedido por el Registro Civil del lugar del mismo). Dirección General de la Familia y el Menor CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA · COMUNIDAD DE MADRID 38 / 84 Adopción Internacional en la Comunidad de Madrid. 4. Certificado de empadronamiento (Expedido por el Ayuntamiento o la Junta Municipal de Distrito).
- Certificados médicos oficiales que acrediten no padecer enfermedades infectocontagiosas, enfermedades físicas o psíquicas que dificulten el cuidado, la atención o la comunicación con el menor, enfermedades degenerativas o potencialmente incapacitantes y/o enfermedades crónicas que requieran especiales condiciones de vida.
- Fotocopia compulsada del documento que acredite la futura cobertura sanitaria del menor (Documento de asistencia sanitaria de la Seguridad Social).
- Certificado de Antecedentes Penales que se puede solicitar de forma presencial o por correo en la Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia en la calle de la Bolsa nº 8 de Madrid o por Internet con Certificado Digital (http://www.mjusticia.gob.es). Teléfonos: 902 007 214 – 91 837 22 95.
- Los solicitantes extranjeros residentes en la Comunidad de Madrid deberán aportar un documento expedido por la Sección Consular de la Embajada de su país en España que certifique que la adopción será reconocida como plena en el mismo por así establecerlo su legislación, adquiriendo o pudiendo adquirir el menor adoptado la nacionalidad de su padre y/o madre.
- Los solicitantes extranjeros residentes en la Comunidad de Madrid deberán aportar la documentación que proceda de su país (Certificado de nacimiento, certificado de matrimonio, certificado de antecedentes penales, …) debidamente legalizada o apostillada —las firmas de los documentos han de tener validez internacional— y, en su caso, traducidas oficialmente al español.
3.- Curso de formación
Este se realiza después de haber el expediente y dura 5 semanas a razón de una sesión semanal. En estos cursos se juntan a varias familias y se tratan temas relacionados tanto con el proceso de adopción como de las características de los niños adoptados. Es un espacio en el que se puede aprender y resolver las didas que se tengan a la hora de adoptar a un niño. Este curso es obligatorio excepto para aquellas familias que hayan adoptado internacionalmente en los últimos 5 años.
Una vez esto se proporciona un cuestionario que rellenarán las familias y que entregarán posteriormente con toda la documentación en la Comunidad de Madrid.
4.- Estudio psicosocial
En función del resultado de dicho informe, la Comisión de Tutela del Menor, decidirá si la familia es idónea o no para adoptar a un niño.
Para empezar la realización de este informe se necesitan los siguientes documentos:
- Impreso de solicitud de estudio psico-social cumplimentado.
- Certificado de asistencia al curso de formación o, demostrar que se ha adoptado a un menor procedente de adopción internacional en los 5 últimos años.
- Cuestionario individual relleno con una foto de tamaño carnet.
- Carta comunicando la apertura del expediente.
- Certificado de Antecedentes Penales actualizado (tiene una validez de 3 meses).
- Copia Certificada a expedir en la Agencia Tributaria de la declaración de la Renta de los tres últimos ejercicios, así como de la Declaración de Patrimonio de los mismos periodos.
- Certificado médico actualizado.
- Los solicitantes extranjeros residentes en la Comunidad de Madrid deberán aportar un documento expedido por la Sección Consular de la Embajada de su país en España que certifique que la adopción será reconocida como plena en el mismo por así establecerlo su legislación, adquiriendo o pudiendo adquirir el menor adoptado la nacionalidad de su padre y/o madre
Antes de realizar el estudio psicosocial se debe elegir el país al que se hace el ofrecimiento para adoptar a un niño, porque no todos los requisitos de los diferentes países son iguales.
En las ECAIS, Agencias Colaboradoras de Adopción Internacional les informarán de lo que necesitan saber para el país al que se dirigen para llevar a cabo la adopción. No todas las ECAIS gestionan los mismos países, cada una de ellas suele estar especializada solo en uno o dos países.
Quién realiza los informes psicosociales
Lo realizan dos profesionales especializados en adopción. Para ponerse en contacto con ellos tienen que pedir una cita en el LIPAI (Lista de Intervención Profesional en Adopción Internacional) de los colegios profesionales correspondientes:
Colegio oficial de psicólogos Cuesta de San Vicente, 4 – 4º 28008 Madrid Telf.: 91 541 99 99 (Ext. 1) http://www.copmadrid.org/ web/ciudadanos/adopcioninternacional
Colegio oficial de diplomados en trabajo social c/ Evaristo San Miguel, 4 – local 28008 Madrid Telf.: 91 521 92 80 http://www. comtrabajosocial.com/ paginas/informaciongeneral-de-adopcioninternacional/
Cómo sacar el Certificado de idoneidad
La Comisión de Tutela del Menor valorará los informes psicosociales junto con toda la documentación y decidirá si el ofrecimiento de la familia para adoptar un niño es adecuado o no, emitiendo el Certificado de Idoneidad o no emitiéndolo.
En qué países puedo adoptar
A continuación, referimos los países en los que se puede hacer el ofrecimiento para adoptar niños y el enlace en donde se puede encontrar más información.
Adoptar en Albania:
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/aud/servicios-sociales/paginaweb_albaniafeb2019.pdf
Adoptar en Bolivia:
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_boliviafeb2019_0.pdf
Adoptar en Brasil:
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_boliviafeb2019_0.pdf
Adoptar en Bulgaria
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/aud/servicios-sociales/paginaweb_bulgariafeb2019.pdf
Adoptar en Burkina Faso
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/aud/servicios-sociales/paginaweb_burkinafasomayo2019.pdf
Adoptar en Chile
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_chilefeb2019_0.pdf
Adoptar en China
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_chinafeb2019_0.pdf
Adoptar en Colombia
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/aud/servicios-sociales/paginaweb_colombiamay2019.pdf
Adoptar en Costa de Marfil
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/aud/servicios-sociales/paginaweb_costademarfilmayo2019.pdf
Adoptar en Costa Rica
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/aud/servicios-sociales/paginaweb_costa_ricamayo2019.pdf
Adoptar en Ecuador
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_ecuadorfeb2019_0.pdf
Adoptar en El Salvador
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_elsalvadorfeb2019_0.pdf
Adoptar en Filipinas
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_filipinasfeb2019_0.pdf
Adoptar en Hungría
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_hungriafeb2019_0.pdf
Adoptar en India
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_indiafeb2019_0.pdf
Adoptar en Kazajistán
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_kazajistanfeb2019_0.pdf
Adoptar en Letonia
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_letoniafeb2019_0.pdf
Adoptar en Lituania
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_lituaniafeb2019_0.pdf
Adoptar en Madagascar
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/aud/servicios-sociales/paginaweb_madagascarmayo2019.pdf
Adoptar en México
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_mexicofeb2019_0.pdf
Adoptar en Moldavia
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_moldaviafeb2019_0.pdf
Adoptar en Panamá
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_panamafeb2019_0.pdf
Adoptar en Perú
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_perufeb2019_0.pdf
Adoptar en Polonia
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_poloniafeb2019_0.pdf
Adoptar en Portugal
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_portugalfeb2019_0.pdf
Adoptar en República Checa
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/aud/servicios-sociales/paginaweb_republicachecamayo2019.pdf
Adoptar en República Dominicana
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/aud/servicios-sociales/paginaweb_republicadominicanamayo2019.pdf
Adoptar en Rumanía
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_rumaniafeb2019_0.pdf
Adoptar en Serbia
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_serbiafeb2019_0.pdf
Adoptar en Tailandia
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/aud/servicios-sociales/paginaweb_tailandiamayo2019.pdf
Adoptar en Venezuela
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_venezuelafeb2019_0.pdf
Adoptar en Vietnam
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/aud/servicios-sociales/paginaweb_vietnammayo2019.pdf
Países en los que se puede adoptar niños y que no son firmantes del Convenio de la Haya
Adoptar en Federación Rusa
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_federacionderusiafeb2019_0.pdf
Adoptar en Honduras
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_hondurasfeb2019_0.pdf
Adoptar en Ucrania
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/paginaweb_ucraniafeb2019_0.pdf
No todos los países exigen los mismos requisitos para adoptar a un menor.
Además de los requisitos hay unas características de cada país que se deben conocer cuando se decide adoptar a un menor.
Además de saber todos estos requisitos administrativos, las personas que quieren adoptar un menor deberán saber cuáles son las características de los niños adoptados y otra serie de conocimientos imprescindibles para el buen desarrollo de los niños adoptados.
Para realizar un proceso de adopción de un niño en la Comunidad de Madrid hay que dar los siguientes pasos:
- En Valencia:
Dirección Territorial de Igualdad y Polítcas Inclusivas Sección de Familia y Adopciones
Avda. del Oeste, 36 46001 VALENCIA
Tel.: 96 127 16 95 Y 96 127 16 98
- En Alicante:
Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas Sección de Familia y Adopciones
Rambla Méndez Núñez, nº41, 7ª planta 03002 ALICANTE
Tel.: 966 478 217 / 966 478 229
- En Castellón:
Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas Sección de Familia y Adopciones
Avda. Hermanos Bou, 81 12003 CASTELLÓN
Tel.: 964 72 62 00
Documentación inicial
Si decide presentar una solicitud de adopción, éstos son los documentos que en una primera fase de la tramitación, deberá presentar:
- Adopción Nacional
- Solicitud adopción nacional
- Cuestionario inicial adopción nacional
- Declaración de estar suficientemente informado
En el supuesto de que contemple/n en su proyecto adoptivo la adopción de un menor de necesidades especiales, cumplimente/n el siguiente Cuestionario:
- Cuestionario específico de solicitud de adopción nacional de menores con necesidades especiales.
- Adopción Internacional
- Solicitud adopción internacional
- Cuestionario inicial adopción internacional
- Declaración jurada de no estar incurso en causa penal
- Declaración de estar suficientemente informado
NOVEDADES EN ADOPCIÓN INTERNACIONAL (ETIOPÍA): Resolución de la Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia por la que se suspende definitivamente la admisión y continuidad en la tramitación de expedientes de adopción internacional en Etiopía.
NOTA: Las sesiones informativas sobre Adopción en la Provincia de Valencia que hasta el mes de Julio han venido realizándose en el salón de actos del IVAM, a partir de Septiembre serán en el Salón de Actos de la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de Valencia, Avda.del Oeste nº 36, Valencia.
Enlaces relacionados
Documentos
- Declaración de estar suficientemente informado AI
- Solicitud para Adopción Nacional
- Soicitud para Adopción Internacional
- Flujograma Tramitación Adopción Nacional
- Declaración de estar suficientemente informado AN
- Flujograma Tramitación Adopción Internacional
- Adop_Calendario Sesiones Informativas Alicante
- Cuestionario_Adopcion_Nacional
- RESOLUCIÓN de aplicación del cuestionario específico de solicitud de adopción nacional de menores de necesidades especiales tutelados por la Generalitat
- Cuestionario Específico de solicitud de Adopción Nacional de Menores con Necesidades Especiales
- Cuestionario para la Adopción Internacional
- Adop_CASTELLON_Calendario_Sesiones_Informativas
- Adop_Calendario Sesiones Informativas Valencia
- Declaración jurada de no estar incurso en causa penal
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Testimonios
C.P.
Mi marido y yo queríamos adoptar y nos hablaron de un Centro especializado en Adopción llamado Psicoveritas. Allí nos asesoraron perfectamente sobre los pasos y trámites a seguir y a día de hoy estamos muy felices con nuestro hijo.
R.F.
La adopción era algo totalmente nuevo para nosotros y queríamos ponernos en las mejores manos. No teníamos ni idea de por dónde empezar y estábamos totalmente perdidos.. Contactamos con Montse Lapastora la que nos facilitó toda la información que necesitábamos saber y nos asesoró sobre lo que conlleva un proceso de adopción. Su trato ha sido siempre muy cercano y profesional y nos ha servido de mucha ayuda.
V.G.
Acudimos a Psicoveritas recomendados por un compañero del trabajo que ya había adoptado y quisimos contar con el asesoramiento de su equipo especializado en adopción para acompañarnos durante todo el proceso. Hemos tenido la suerte de poder contar con ellos desde el proceso de pre-adopción hasta el de post-adopción y seguimos contando con ellos a día de hoy, estamos muy agradecidos con su ayuda.